Una de las fórmulas más habituales a la hora de emprender es elegir un traspaso de negocio, puesto que continuar con una idea ya en marcha siempre supone ciertas ventajas. Pero se trata de un proceso importante que conlleva una serie de trámites y conocimientos que, en ocasiones, pueden llegar a convertirse en un verdadero quebradero de cabeza. Por ello, alrededor de esta decisión, suelen surgir infinidad de cuestiones para el emprendedor.
En este caso nos encontramos con una modalidad de emprendimiento concreta. El emprendedor adquiere unnegocio en funcionamiento, es decir, un comercio con una actividad determinada en un local determinado.Ello exige tener en cuenta determinadas peculiaridades respecto a un proceso de emprendimiento general y es conveniente tener en cuenta una serie de aspectos:
Pueden ser varios motivos o escenarios por los queel/la titularde una actividad puede decidir traspasar su negocio:
Sea como sea, el traspaso de un negocio es una alternativa a su cierre definitivo. Es una vía para elmantenimiento y continuidad de establecimientos que funcionan y son viables. E incluso que, no siendo viables,lo son por una deficiente gestión, por lo que la mejora de la misma por un emprendedor puede lograr su transformación y hacerlo viable en el futuro inmediato.
En este apartado intentaremos reflejar, sin profundizar excesivamente, aquellos aspectos específicos queesta modalidad de emprendimiento tiene y que deben ser tenidos en cuenta a la hora de proporcionarel adecuado asesoramiento. Por otra parte, se describirán los recursos y herramientas de apoyo específicasque existen en la actualidad.
El traspaso de un negocio es un acuerdo para la cesión del contrato de arrendamiento de un local onegocio y de los activos comerciales tangibles (mobiliario, productos, etc.) e intangibles (clientes, marca,fondo de comercio, etc.) a cambio de un precio determinado.
Los traspasos de negocios en locales en los que se ejerza una actividad empresarial o profesional en la actualidad vienen regulados por el artículo 32 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (Ley 29/94 de 24 de noviembre de 2004).Esta Ley permite ceder el contrato de arrendamiento, sin necesidad de contar con el consentimiento del propietario, que eso sí, tiene el derecho a elevar la renta un 20%, estableciéndose un plazo de un mes paraque el nuevo inquilino notifique formalmente (burofax) al propietario el acuerdo de traspaso.
Por lo tanto, bastaría el acuerdo entre las partes, aunque hay que tener cuidado porque en ocasiones los contratos de arrendamiento incluyen una cláusula que prohíbe la cesión o traspaso, y otras veces los propietarios reclaman un porcentaje, algo a lo que no tienen derecho. Siempre es conveniente revisar elcontrato con un abogado.
El traspaso de un negocio es, por tanto, una sucesión empresarial. Esto quiere decir que el nuevo titularadquiere los derechos de propiedad sobre los activos, donde los activos intangibles son muy importantesen un traspaso, ya que aportan un gran valor al negocio. No es lo mismo emprender un proyecto empezandodesde cero que hacerlo bajo un nombre ya conocido y que cuenta con clientes fidelizados.
En este apartado intentaremos reflejar, sin profundizar excesivamente, aquellos aspectos específicos queesta modalidad de emprendimiento tiene y que deben ser tenidos en cuenta a la hora de proporcionarel adecuado asesoramiento. Por otra parte, se describirán los recursos y herramientas de apoyo específicas que existen en la actualidad.
Traspasar un negocio puede considerarse como una de las decisiones más complejas para un empresario,pero si se hace bien se garantiza la continuidad de la actividad y la generación de nuevas oportunidades.
Es fundamental que el cedente tenga conocimiento del proceso, pare ello deben estar informados sobre lospasos necesarios para la cesión y estar dispuestos a colaborar en el proceso.Es conveniente aclarar la confusión que en ocasiones se produce entre dos conceptos: el traspaso del localde negocios y la cesión del local (cesión del contrato de arrendamiento).
Cuando hablamos de TRASPASO DE LOCAL DE NEGOCIO, este concepto sólo se refiere a los contratosde arrendamiento celebrados con anterioridad al 1 de enero de 1995, y por tanto sujetos a la Ley deArrendamientos Urbanos de 1964.
La Ley de arrendamientos de 1964 estuvo vigente hasta el 1 de enero de 1995, que fue reformada por laley de arrendamientos de 2004. Esta última que es la que sigue en vigor hasta la fecha (aunque algunosartículos han sido reformados en junio de 2013 por la Ley 4/2013), ya no recoge el concepto de “traspaso delocal de negocio”, sino que habla de CESIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.
Por ello, para que sepamos si estamos frente a un traspaso o ante una cesión, lo primero que hay que veres la fecha del contrato de alquiler que tiene la persona que pretende traspasar o ceder el local., aunque,básicamente, en ambos casos, tanto cuando una ley habla de «traspaso» como otra habla de «cesión» setrata de la misma cuestión.
Respecto a la tipología de traspasos de negocios, la descripción anterior hace referencia al caso más comúnentre dos personas, pero además se pueden dar otros casos:
Sumarse a un proyecto que ya lleva una trayectoria y un recorrido es, en la mayoría de las ocasiones, más seguro que empezar de cero. Aceptar el traspaso de un negocio puede ser una buena de montaruna empresa sin tener que empezar desde cero, pero también conlleva algunas “desventajas” Aquí tienesalgunos consejos para evitarlos.
Lo primero que se debe plantear el emprendedor a la hora de aceptar el traspaso de un negocio es si, realmente, esta es una buena opción para emprender en su caso. En cualquier caso, si el emprendedor está pensando en montar su comercio a partir de un negocio traspasado hay que asegurarse que el negocio funciona bien y para ello lo ideal es tomar algunas precauciones paraminimizar el riesgo al máximo:
Para traspasar un negocio, se firma un contratode cesión para formalizar el traspaso. Ademásde señalar el precio, debe incluir una relación delos activos que se van a ceder, tanto los tangiblescomo intangibles. Esto incluye elementos del local,la infraestructura y la licencia de actividad, ademásde la cartera de clientes.
Como en muchos otros tipos de contrato, a lahora de fijar el precio por un traspaso de negocioprima la libertad de ambas partes. Siempre quese alcance un acuerdo, se podrá estipular en el
contrato el precio que los involucrados consideren,a excepción del arrendador del local, que no tendrávoz en esta negociación.
Hay diferentes factores que hay que tener en cuenta para asegurarnos de estar ajustando una cantidadjusta y beneficiosa, como los elementos físicos (la maquinaria, el mobiliario…) o los legales (contratosvigentes, seguros, licencias…) que son propios al inmueble.Particularmente complicada es la valoración del fondo de comercio. El precio que el comprador estédispuesto a pagar debe guardar relación con la capacidad del negocio para generar beneficios en el futuro, por ello como ya se ha comentado hay que pedir y analizar toda la información posible sobre el local y el negocio:
Al tratarse de una información comprometida, es importante firmar un acuerdo de confidencialidad. Enaquellos casos en los que no se llegue a un acuerdo, se puede solicitar el servicio de un perito que conozcacómo tasar un traspaso de negocio.
En los que hay que diferenciar entre quien realiza la VENTA del traspaso de su comercio y quien lo COMPRA(emprendedor). Con carácter general:
Las operaciones de cesión de un negocio como vía de traspaso no están en principio sujetas a IVAni impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP), siempre y cuando se transfiera el negocio ensu totalidad. Si los bienes del traspaso se venden por separado sí que están sujetos a IVA, excepto losinmuebles. Y por lo que se refiere al ITP, la transmisión de los vehículos e inmuebles sí que devengael impuesto.
En cuanto a la renta recibida por el traspaso por el vendedor, su tributación en el IRPF no será comorendimiento del negocio o ventas sino como ganancia patrimonial, que se calculará deduciendodel importe del traspaso el valor de neto de los bienes y derechos entregados. En el caso de que el
inquilino sea una sociedad deberá tributar esta ganancia en el impuesto de sociedades.
¿Y si el negocio que se traspasa tiene deudas?
Cuando se adquiere una empresa traspasada, también se “adquiere” el pasivo: deudas, obligaciones,pérdidas económicas y, en definitiva, toda esa parte “menos bonita” que puede haber detrás de un negocio.Ahí es, en parte, donde reside el riesgo.
La Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, establece la responsabilidad solidaria por lasobligaciones tributarias contraídas del anterior titular y derivadas de su ejercicio. Esta responsabilidad seextiende también a las obligaciones derivadas de la falta de ingreso de las retenciones e ingresos a cuentapracticadas o que se hubieran debido practicar. De esta manera, en caso de que el anterior propietarioestando obligado a retener no ingresara tales cantidades en Hacienda, el nuevo titular responderá por ello”.
También las posibles regularizaciones que existan en concepto de IVA pueden afectar al nuevo propietarioy, en caso de que hubiera deudas laborales, el nuevo titular deberá responder por ellas. Por este motivo,es fundamental solicitar toda la información correspondiente para asegurarse si existen deudas tantolaborales, como con la Administración.A este respecto, para intentar evitar la responsabilidad relativa a las deudas tributarias que pudieran existiren la actividad, la ley permite solicitar a Hacienda un certificado de sucesión de actividad. De esta forma:
Si en el certificado no constan deudas, el adquirente queda liberado, incluso aunque posteriormentesurja alguna (como consecuencia de una inspección, por ejemplo).
Si Hacienda no emite el certificado en el plazo de tres meses desde la solicitud, el adquirente tambiénqueda liberado.
En el caso de deudas con la Seguridad Social, también es posible solicitar un certificado conforme el adquirenteestá al corriente de pago. Pero en este caso la obtención del certificado sólo exime de responsabilidadrespecto a lo que consta en la Tesorería en ese momento, y no de posibles responsabilidades que puedanaparecer en el futuro (por ejemplo, si se cotizaba por una base incorrecta por algún empleado).
¿Qué ocurre con los empleados contratados cuando se realiza un traspaso?
En caso de que el negocio cuente con trabajadores es importante saber que los contratos laborales no seextinguirán cuando tenga lugar el traspaso. El nuevo propietario adquirirá todas las obligaciones relativasa los empleados.
El traspaso supone una subrogación de las obligaciones y derechos que tenían los trabajadores con elanterior dueño del negocio, por lo que, o bien se pacta un despido o bien se hace una subrogación, en lacual los empleados siguen con el nuevo dueño de la compañía. En caso de querer prescindir de alguno deellos, sin pacto, o incluso de todos, el autónomo que ha adquirido el negocio tendrá que enfrentarse a unprocedimiento de despido improcedente.
No obstante, este es un punto crítico que puede suponer una gran ventaja a la hora de un traspaso denegocio en funcionamiento si se decide el mantenimiento de la plantilla de trabajadores que no soloconocen la actividad que se realiza al dedillo, sino que tienen experiencia, conocen a los clientes de la zonay pueden ser un buen apoyo para los nuevos emprendedores.
Dada la relevancia que en los últimos años ha adquirido el problema del relevo generacional en los últimos años se han publicado numerosas guías específicas de apoyo, tantopara que quien traspasa, como para el que adquiere. A continuación, relacionamos algunas de ellas:
(N.Gest.: 779)